IMPUESTO SOBRE VEHICULOS DE TRACCION MECANICA
Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica. De acuerdo con lo establecido en el art.98.1 RDL 2/2004, los Ayuntamientos podrán exigir este Impuesto en régimen de autoliquidación.
Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica. De acuerdo con lo establecido en el art.98.1 RDL 2/2004, los Ayuntamientos podrán exigir este Impuesto en régimen de autoliquidación.